27 May Regularización masiva de inmigrantes en 2025
Tras la entrada en vigor del nuevo Reglamento de extranjería, el Gobierno ha decidido dar un nuevo impulso a la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) planteada por la asociación REGULARIZACIÓN YA, que lleva más de un año estancada en el Congreso de los Diputados. El objetivo: la regularización inmediata de miles de personas que actualmente se encuentran en situación irregular, o que se encontrarán en ella en un futuro tras la denegación de su solicitud de protección internacional.
Quién podrá regularizar su situación en España
Ahora bien, ¿quiénes podrían beneficiarse de esta regularización excepcional? Todavía no está del todo claro, pero el borrador apunta lo siguiente «El Gobierno, mediante Real Decreto, regulará el procedimiento y los requisitos, en el plazo máximo de 6 meses, para la obtención de una nueva autorización por circunstancias excepcionales única, que habilita a residir y trabajar en todo el territorio nacional, para aquellas personas extranjeras que se encuentran en España antes del 31 de diciembre de 2024 y que cumplan dichos requisitos”.
Lo que si parece claro es que se establecerá una fecha concreta, posiblemente el 31 de diciembre de 2024, y todas aquellas personas que se encontraran en España antes de esta fecha podrán solicitar esta autorización excepcional. ¿Qué otros requisitos podrán exigirse?
- Encontrarse en España desde antes del 31/12/2024 y acreditar una permanencia continuada: a estos efectos, se entenderá por continuada siempre que las ausencias del territorio nacional no superen los 90 días en un año natural, al igual que sucede para otro tipo de autorizaciones actualmente. ¿Cómo podremos acreditar esto? Fundamentalmente, con el empadronamiento, pero también con cualquier otro documento que permita acreditar que la persona estaba en España (facturas, contratos, envíos de dinero, justificantes o informes médicos, etc.).
- Carecer de antecedentes penales tanto en España como en los países de residencia de los cinco años anteriores a la entrada en España: el nuevo Reglamento establece que no toda condena penal conlleva la denegación automática de las solicitudes de autorización de residencia en determinados casos; no obstante, y dado el carácter excepcionalísimo de esta posible autorización, es posible que se exija la carencia absoluta de antecedentes penales, o su cancelación.
- No ser solicitante de protección internacional: la tendencia en los últimos meses ha sido la de tratar de descongestionar el sistema de protección internacional, por lo que es posible que se exija el desistimiento o renuncia de la solicitud de protección internacional o de los recursos interpuestos contra su denegación.
- Titularidad de autorización de residencia previa: no queda claro si en el momento de publicación o entrada en vigor de la norma se exigirá o no la estancia irregular en España, o si podrán solicitar esta regularización todas aquellas personas que hubieran sido titulares de una autorización de residencia que, por los motivos que fueran, no pudieron renovar o modificar. Sin embargo, y atendiendo al espíritu de la norma, podemos augurar que no se impedirá la regularización por estas razones.
- Contrato de trabajo y arraigo en España:
Tipo de autorización que se concederá
En principio, parece que se concederá una autorización de residencia y trabajo, que autorizaría a trabajar en todo el territorio nacional en cualquier sector de ocupación o actividad. No queda clara cuál será su duración, pero probablemente será similar a las autorizaciones por circunstancias excepcionales de arraigo (excepto familiar) que se encuentran vigentes actualmente, y por tanto podrá tener una vigencia de 1 año.
Tampoco sabemos cuáles serán los requisitos para su renovación, pero seguramente la regulación será similar a la que se sigue en las autorizaciones de arraigo actuales.
Colapso de las Oficinas de Extranjería
Anticipándose a la entrada en vigor del nuevo Reglamento, el Ministerio de Política Territorial, en acción conjunta con la Secretaría de Estado de Migraciones, anunció un refuerzo para las Oficinas de Extranjería de todas las provincias. Este refuerzo se materializó en 250 nuevas incorporaciones, a las que se sumarán otras 500 en los meses de junio y julio.
Sin embargo, esto no logrará paliar un déficit constante, como son los enormes tiempos de espera para el registro de las solicitudes y la obtención de cita previa para todos los trámites. El nuevo Reglamento ha tratado de mejorar esta cuestión obligando a la tramitación telemática de varios tipos de solicitudes, pero la gran cantidad de solicitudes que se podrán realizar con la regularización masiva posiblemente cause nuevos retrasos y aumente los tiempos de espera.
Es aquí donde más puedo ayudarte, a ti que estás leyendo esto y puedes beneficiarte de esta regularización extraordinaria. Los abogados tenemos acceso telemático para la solicitud de autorizaciones, y podemos hacerlo en cualquier Oficina de Extranjería de España. Contacta conmigo en el formulario.
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